DOCUMENTOSRELACIONADOS CON PETITORIOS FUNCIONARIOS DE LA CORMUN
DOCUMENTOS
ASOCIACION DE FUNCIONARIOS CATEGORIAS “C – D – E – F”
SALUD PRIMARIA MUNICIPAL DE RANCAGUA.
RANCAGUA, SEPTIEMBRE 20 DEL 2008.
SEÑORA:
PATRICIA SILVA MELENDEZ.
ABOGADA.
DIRECTORA DEL TRABAJO.
SANTIAGO.
Estimada señora:
Es doblemente desgastador este impasse, toda vez, que revisada la página Web de
Los temas en discordia, se pueden resumir de la siguiente forma:
Extensión horaria.
Sapu.
Título técnico.
Jornada parcial.
Jornada de inicio laboral.
EXTENSIÓN HORARIA:
Como es sabido, desde inicios del año 2000, con el fin de mejorar la accesibilidad de las personas a la atención médica, se instituyó la antigua “extensión horaria” que se cumple en horario de Lunes a Viernes de 17:00 a 20:00 horas y el Sábado de 08:00 a 12:00 horas. Iniciándose con atención de médico y odontólogo; con el transcurrir del tiempo se fueron agregando otros funcionarios de la salud, como ser: matronas, psicólogos, asistentes sociales y más médicos, permaneciendo hasta el día de hoy, en las mismas condiciones.
A nuestro juicio, dicha problemática se encuentra contestada en el Dictamen ORD. 1869/038 publicado el 16 de Mayo del 2007, dándonos la razón éste, dado que se le informó a
Los Servicios de Atención Primaria de Urgencia, conocidos por su sigla SAPU, empezaron en Abril del
De acuerdo a lo señalado también por la misma Dirección del Trabajo, los turnos de urgencia no tienen límite horario, por la especial naturaleza de las funciones que se cumplen.
TITULO TECNICO:
En los Consultorios Municipalizados se desempeñan diferentes funcionarios que, gracias a su esfuerzo personal y familiar, han obtenido un título técnico de Secretarias, Estadísticos, Contadores, etc., el que ha sido otorgado por un Centro de Formación Técnica o Instituto Profesional, reconocido por el Estado.
Sostenemos, que de acuerdo a lo señalado por el Artículo 31 de
El Artículo en comento señala, textualmente: “el título técnico de nivel superior, es el que se otorga a un egresado de un Centro de Formación Técnica o de un Instituto Profesional, que ha aprobado un Programa de Estudios de una duración mínima de 1600 clases, que le confiere la capacidad y conocimientos necesarios para desempeñarse en una especialidad de apoyo al nivel profesional.”
JORNADA PARCIAL:
De acuerdo a la ley, existe la jornada completa que es de 44 horas semanales, y las parciales que pueden ser de 33, 22 u 11 horas semanales.
El Artículo 15 inciso 4º de
Una de las irregularidades cometidas por
Otra de las violaciones legales se refiere a la contratación de personal con 44 horas semanales, sucediendo lo mismo que el punto anterior.
El Artículo 15 inciso 1º de
A nuestro juicio, existen 2 flagrantes irregularidades, toda vez que a las personas con jornada parcial y las de 44 horas semanales que las hacen trabajar de las 11:00 A.M. hasta las 24:00 horas, no les pagan como jornada extraordinaria la porción que va de las 20:00 a las 24:00 horas, haciéndose incluso merecedores a un Bono de Desempeño Difícil, que tampoco se los han pagado.
JORNADA DE INICIO LABORAL:
Tal como se señala en los artículos descritos en el punto anterior, la jornada laboral se debe iniciar a las 08:00 horas, de acuerdo a lo señalado expresamente en el Artículo 15 Inciso 1º de
Es necesario fiscalizar también este punto, dado que existen funcionarios que entran antes de la hora normada por ley, coincidimos que si ésta es consensuada entre el trabajador y el empleador no existiría problema; sin embargo, de acuerdo a
Por todo lo señalado en los párrafos precedentes, se requiere de la máxima autoridad de
Sin otro particular, y a la espera de su respuesta,
Le saluda cordialmente a usted.
Asociación de Funcionarios Categorías “C-D-E-F”
Salud Primaria Municipal de Rancagua.
P R O T O C O L O D E A C U E R D O
En Rancagua, a 12 de septiembre del 2008, entre el Directorio de
Nivelación auxiliares de enfermería, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6° transitorio de la ley 20.157. Esto significa que aquellas personas que están clasificadas en la categoría “d”, podrán subir a categoría “c”, previo curso de nivelación.
Arreglo de la carrera funcionaria, similar a lo hecho en el 2006, la que tuvo un costo anual de $ 36.000.000.
La de ahora, que comenzara a regir a contar del 01 de septiembre del 2008, tendrá un costo aproximado de $ 50.000.000 al año.
Tema de los turnos extensiones horarias(a) y SAPU (b), se acuerda con
Se reconoce la preocupación de la primera autoridad comunal y del Secretario General de
De conformidad a lo dispuesto en la ley 19.104 articulo 9º inciso 2º, que señala que el máximo de horas extraordinarias diurnas remuneradas es de 40 horas por funcionario al mes, se deja claramente establecido que estas se refieren a la extensión horaria que va de lunes a viernes de 17:00 a 20:00 horas.
Referido a los turnos SAPU, ellas no entran en esta limitación, toda vez que por así disponerlo
3.1) la primera autoridad comunal reconoce el esfuerzo que realizan en esta actividad los funcionarios y funcionarias, tan importante para los sectores de menores recursos de la población y la accesibilidad que hay en la comuna con estos turnos, y ha dispuesto aumentar en un 50% el valor hora del bono de desempeño difícil que se paga a estos trabajadores, a contar de los turnos que empiezan en el periodo del 15 de septiembre del 2008.
Que los contratos de plazo fijo por meses se terminen y sean hechos por un año calendario, a objeto de darles cierta tranquilidad a nuestros asociados, exceptuándose aquellos que son contratados por una actividad determinada.
Reconocimiento de aquellos funcionarios que tienen titulo técnico, ya sea de un centro de formación técnica o instituto profesional, pasen de la categoría “e” a la “c”, ello empezara a regir el 01 de enero del 2009.
Consciente del alza del costo de la vida originado por una coyuntura económica internacional, se ha dispuesto otorgar un bono de movilización de $ 10.000 mensuales a los funcionarios de las categorías c-d-e-f, a contar del 01 de septiembre del 2008.
Se deja establecido que siendo preocupación del presidente del directorio de
Como garantes de este protocolo de acuerdo, será rubricado por el señor Carlos Godoy Hernández, secretario general de
Una copia de este protocolo de acuerdo será entregado a los firmantes.
RENATO SEPULVEDA ESPINOZA.
PRESIDENTE.
ASOCIACION DE FUNCIONARIOS CATEGORIAS “C – D – E – F” SALUD PRIMARIA MUNICIPAL DE RANCAGUA.
CARLOS ARELLANO BAEZA.
PRESIDENTE.
DIRECTORIO DE
FIRMA GARANTES PROTOCOLO DE ACUERDO:
RAUL GUIÑEZ MARTINEZ.
DIRECTOR DIVISION SALUD CORMUN
CARLOS GODOY HERNANDEZ.
SECRETARIO GENERAL DE
CRISTINA SEPULVEDA ORDOÑEZ
TESORERA.
ASOCIACION DE FUNCIONARIOS CATEGORIAS “C – D – E – F” SALUD PRIMARIA MUNICIPAL DE RANCAGUA.
VIOLETA MORAGA YAÑEZ.
SECRETARIA.
ASOCIACION DE FUNCIONARIOS CATEGORIAS “C – D – E – F” SALUD PRIMARIA MUNICIPAL DE RANCAGUA.


